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Mostrando entradas de marzo, 2011

El Arbitraje Tributario

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Osmel A. Rivas Contreras Instagram: @osmelalbertorivas GENERALIDADES El arbitraje, en sentido general, es definido como un medio alternativo de resolución de conflictos, reconocido por nuestra Constitución[ 1 ], de naturaleza hetero-compositiva, en virtud del cual, una persona denominada árbitro tiene la obligación y la responsabilidad de, no sólo dirigir el proceso arbitral propiamente dicho, sino de dirimir una controversia planteada entre dos posturas, a través de un fallo o decisión, conocido como “Laudo Arbitral”, la cual tendrá en principio los mismos efectos que una sentencia judicial definitivamente firma, basada en autoridad de cosa juzgada. A diferencia de la mediación y la conciliación, en el arbitraje, el poder de decisión está ineludiblemente concentrado en la persona de quien dirige el proceso arbitral, tomando una decisión que busque resolver el conflicto planteado, a favor de una de las partes involucradas.      Según la Ley de Arbitraje Comercial, y el Código de Pro

La Contabilidad por Partida Doble.

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Osmel A. Rivas Contreras Instagram: @osmelalbertorivas      La Contabilidad por Partida Doble, en su acepción más amplia, es considerada como un “ Sistema contable en el que cualquier asiento en el debe del balance tiene su correspondiente contrapartida en el haber, o viceversa ” ( Enciclopedia de Economía , 2008).      Pese a que los orígenes de la Contabilidad por Partida Doble se ubican en la Edad Media, existen vestigios sobre la idea bipartita del sistema contable -al menos su noción-, en la Antigua Roma; los ciudadanos romanos anotaban sus transacciones y operaciones de crédito en un libro o Códice, conocido con el nombre de “ Codex Accepti et Expensi ”, en la que se anotaban los ingresos en una columna denominada “ Acceptum ” y las erogaciones en otras llamadas “ Expensum ”.      La Contabilidad por Partida Doble fue desarrollada inicialmente por comerciantes italianos con el propósito de anotar de manera detallada el resultado monetario de sus operaciones mercantiles, así com