EL ACOSO LABORAL

 


Osmel A. Rivas Contreras
Ig: @osmelalbertorivas 


En la actualidad, son muchos los que denuncian ser víctimas de acoso en sus lugares de trabajo, bien por parte de sus empleadores o por sus propios compañeros de trabajo. No obstante, son pocos los que saben en realidad si están siendo objetos de tales atropellos, toda vez que, por lo general, tendemos a normalizar dichas conductas en un entorno laboral.  


En esta entrada, ofreceremos un pequeño marco referencial sobre el Acoso Laboral, cómo identificarla, y qué se puede hacer para hacerle frente.


DEFINICIÓN


De acuerdo con el Código Laboral Chileno vigente, el Acoso Laboral es "...toda agresión u hostigamiento reiterados, ejercido por el empleador o por uno o más trabajadores... (con el objeto de menoscabar, humillar o maltratar al afectado, amenazando)... su situación laboral o sus aportunidades de empleo."

Por su parte, La Dirección del Trabajo de Chile, en el Dictamen 3519/034 del 9 de agosto de 2012, define el Acoso Laboral como "...(toda) agresión física; molestias o burlas insistentes en su contra; incitación a hacer algo, que resulte mengua o descredito en su honra o fama, o atente contra su dignidad; malos tratos de palabras u obras, (que busque en conjunto amenazar o perjudicar la situación laboral y oportunidades de empleos para los afectados.)..."

De acuerdo con lo antes expuesto, es importante que tales actos o conductas sean reiterados en el tiempo, a fin de que se pueda configurar en la realidad el Acoso Laboral. Asimismo, no es necesario que tales atropellos sean llevados acabo exclusivamente por el Empleador o superior inmediato; en muchos casos, son ejercidos por sus compañeros de trabajo ante la mirada complaciente o negligente de los jefes. 




  

PERFIL DE LA VÍCTIMA 

Las víctimas suelen ser personas que se encuentran en una situación de minusvalía, debido a su estatus socio-cultural y económico o por su condición legal y migratoria. En este último caso, al ingresar a un país de manera ilegal, por pasos no habilitados, en busca de un mejor futuro para él y su familia, los afectados son capaces de aceptar cualquier oportunidad de empleo, con salarios que apenas alcanza para sobrevivir, con jornadas laborales extenuantes, muchas veces, trabajando en condiciones infrahumanas que ponen en peligro su salud general y su integridad, solo por el temor de ser delatados ante Migración o por no poder conseguir trabajo en otro lugar debido a su situación de ilegalidad. En este escenario,  por lo general, soportan malos tratos, agresiones verbales y fìsicas, inclusive hasta acoso de tipo sexual, en las cuales, las mujeres, y en especial las más jovenes, son vulnerables.

Del mismo modo, debemos incluir dentro de este perfil, a las madres solteras, personas con ciertas discapacidades físicas y mentales, a personas con orientaciones de género muy específicos.

Asimismo, podríamos agregar dentro de esta categoría, a aquellas personas que por primera vez incursionan en el campo laboral, ya que por razones obvias, no cuentan con la experiencia para desenvolverse en estos tipos de entornos laborales.

Finalmente, se destacan a aquellos que han obtenido cargos o puestos de trabajo como resultado de favores políticos o personales y no por sus propios méritos. Esto se ve muchos en el ámbito gubernamental y burocrático, donde el clientelismo es el pan de cada día. 



ACTOS QUE SE CONSIDERAN ACOSO LABORAL 


Según el profesor Iñaki Piñuel y Zabala, psicólogo e investagos españos, egresado de la Universidad de Alcalá, y galardonado con el premio Everis de Ensayo, son estrategías habituales en el Acoso Laboral las siguientes:

.- Gritar, someter o insultar a la víctima;
.- Asignarles tareas con plazos que se saben inalcanzables o imposibles de cumplir;
.- Sobrecargar selectivamente a la víctima con mucho trabajo y presionarla excesivamente;
.- Amenazar a la víctima o coaccionarla;
.- Quitarle áreas de responsabilidad claves, ofreciéndole a cambio asignaciones rutinarias, tareas sin interés o incluso ningún tipo de trabajo que realizar; 
.- Modificar las atribuciones y competencias del trabajador afectado sin su consentimiento o notificación previa;
.- Tratarle de manera discriminatoria o usar medidas exclusivas en su contra con miras a denigrarlo frente a otros compañeros;
.- Retener o manipular información crucial para su trabajo, con el propósito de inducirle a error en su desempeño laboral y acusarle luego de negligencia o faltas profesionales;
.- Difamar a la víctima, extendiendo por la empresa, chismes o rumores malintencionados que busquen menoscabar, su reputación y/o profesionalidad;  
.- Desestimar el esfuerzo o los exitos alcanzados por el afectado, atribuyéndolos maliciosamente a otras personas o a factores ajenos a él, como por ejemplo, la casualidad, la suerte, la situación del mercado, etc.  
.- Bloquear su desarrollo profesional, limitando el acceso a promociones, cursos o seminarios de capacitación; 
.- Criticar continuamente su trabajo, sus ideas, sus propuestas y soluciones; 
.- La hipervigilancia: es decir, monitorizar de forma malintencionada su trabajo con vista a atacarle, encontrarle faltas o formas de acusarle de algo;  
.-  Bloquear administrativamente al afectado, negándole permisos de ausentarse del lugar de trabajo por razones de salud, impidiendo su traslado sin justa causa o extraviando y adulterando documentos o resoluciones que son de su interés;
.- Ridicular su trabajo, sus ideas o los resultados obtenidos ante los demás trabajadores, caricaturizándolo o parodiándolo; 
.- Invadir la privacidad del acosado, interviniendo su correo, su teléfono, revisando sus documentos, armarios, cajones, etc; 
.- Robas, destruir, o sustraer elementos claves para su trabajo;   
.- Atacar sus convicciones personales, ideológicas o de religión; 
.- Animar a otros a participar en cualquiera de las acciones ya antes mencionadas, mediante la persuación, la coacción o el abuso de autoridad;
.- Asignarles tareas humillantes, incómodas o desagradables; 
.- Llamadas telefónicas, correos electrónicos y/o pedidos de tareas fuera del horario laboral. 




CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS Y LABORALES


Entre las consecuencias psicológicas que puede experimentar el afectado luego de un reiterado hostigamiento en el lugar de trabajo, sería en primer término, un lento deterioro de su confianza y en sus capacidades profesionales, desarrollando sentimientos de culpa, creyendo muchas veces haber cometido verdaderamente los errores que se le imputa, desvalorizándose a la larga. Al mismo tiempo, ocurre en la mayoría de los casos, una somatización fìsica del conflicto, experimentando dolores físicos tales como: dolor de cabeza; malestar general, especialmente en la zona de la espalda; dolor de estómago, entre otras dolencias.  

Del mismo modo, el acosado puede presentar insomnio, ansiedad, estrés, angustias, irritabilidad, hipervigilancia, lo que agudece el agotamiento mental, fatiga, cambios en la personalidad, problemas en las relaciones interpersonales, depresión, cuyos síntomas, de no ser tratados a tiempo con la terapia adecuada, la víctima suele desarrollar trastornos de ansiedad, trastornos maniaco-depresivos, bipolaridad, entre otros. 

Desde el punto de vista laboral, el afectado suele renunciar de forma forzosa a su trabajo, colocándolo en un estado de indefensión, puesto que hoy en día es dificil encontrar trabajo y el mercado laboral es bastante competitivo, con las consecuencias económicas que esto acarrea económicamente para él y su familia. 

Otras consecuencias pueden ser el traslado, o incluso el pase a situación de incapacidad permanente. La recuperación de la víctima suele durar años y, en el peor de los casos, no se recupera nunca la capacidad laboral. 

El autor antes citado afirma que en muchos casos, el acoso persiste incluso después de la salida del afectado de la empresa, con informes negativos y calumniosos a futuros empleadores, eliminando así el acceso a nuevas oportunidades de empleo. 




ESTRATEGIAS PERSONALES PARA SUPERAR EL ACOSO LABORAL 


Entre las estrategias que podemos llevar a cabo para superar el acoso laboral, podemos enumerar las siguientes:

.- Identificar el problema. Para ello, es preciso conocer sobre el tema. Recuerde que la información es poder, siempre que éste sea la más adecuada;
.- Documentar y registrar las agresiones de que se es objeto desde el inicio. Para ello, podrá llevar un registro escrito, con indicación de fecha y hora exacta del acontecimiento, asi como la naturaleza del hostigamiento. Además, puedes grabar o hacer registro audiovisual del mismo, siempre que el agresor no se percate; 
.- Hacer públicas las agresiones, haciéndolo del conocimiento de sus compañeros, jefes, directivos, asesores, pareja, amigos y familiares;
.- Evitar a todoa costa reaccionar de forma agresiva ante los ataques de las que son víctimas, ya que de lo contrario, el acosador podria utilizar tu agresividad como justificación para levantar informes, sanciones o en el peor de los casos, despidos. Recuerde, la ira es la aliada del acosador;
.-  Hacer frente de manera inteligente y calmada al acoso: la confrontación muchas veces hace inhibir al agresor que al finde cuenta, es un cobarde;
.- Dar respuestas a las calumnias y críticas destructivas con asertividad sin incurrir en explosiones de ira;
.- Proteger los datos, documentos y archivos del propio trabajo y guardar todo bajo llave, desconfiando de las capacidades manipulativas de los hostigadores; 
.- Rechazar la inculpación, utilizando como herramienta el reecuandre, el cual consiste en reinterpretar las acusiones que se ciernen sobre ud pero desde una optica mucho más objetiva, prescindiendo de las emociones negativas que pueda inducir a juicios erroneos de valor; 
.- Jamás intente convencer o cambiar al hostigador; 
.- Como último recurso, irse a la baja laboral o a la renuncia voluntaria. Muchas veces, es mejor preservar la salud mental por encima de un simple salario;
.- Solicitar asesoramiento psicológico especializado; 
.- Solicitar consejo legal para hacer valer sus derechos. 

 
 
REFERENCIAS 

.- Código Laboral Chileno. Art. 2, inciso 2. https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-99176.html 

.- Dirección del Trabajo. Dictamen 3519/034; 09/08/2012. Interpretación del artículo 2, inciso 2, eiusdem. https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-99176.html 

.- Wikipedia. Enciclopedia Libre. (s.f.) Acoso Laboral. Características, Consecuencias Psicológicas-Laborales y estrategias personales para superarla. https://es.wikipedia.org/wiki/Acoso_laboral 


       

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